A través de un Acuerdo, la Junta de Coordinación Política de la LXIV Legislatura autorizó al titular de la Secretaría General del Congreso realizar en vía administrativa las correcciones necesarias al decreto número 290, que reforma la fracción XXXII del artículo 33; adiciona un segundo párrafo y recorre el subsecuente del artículo 67 y reforma el inciso e) de la fracción I del mismo numeral, todos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, aprobado por esta Soberanía en la sesión celebrada el día 13 del mes en curso.
Las correcciones a realizar consisten en precisar que la fracción que se reforma del artículo 33 no es en realidad la XXXII, sino la XXXIII, y en asentar el texto omitido del párrafo que, de segundo, pasa a ser el tercero del artículo 67 de la Constitución Política local.
De esta manera, el Pleno autorizó al secretario Juan José Rivera Castellanos realizar las modificaciones pertinentes para el efecto de poder ordenar el envío del Decreto al Ejecutivo del Estado para su sanción y promulgación y, posteriormente, la incorporación de dichas reformas a los textos legales que aparecen en la página electrónica de este Congreso, que es objeto de consultas constantes por parte de un amplio sector del público.
Este decreto establece la obligatoriedad de los organismos autónomos de la entidad de comparecer anualmente ante el Congreso del Estado para informar sobre el estado que guarda su gestión.
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